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domingo, 26 de abril de 2020

jueves, 20 de junio de 2019

GADC - CARNET de PESQUEROS

Última actualización: 25/6/2018
Información actualizada por: GADC - Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba
Este trámite depende de: CENTRO DE DESARROLLO PESQUERO CDP-SEDAG
Horarios de atención tramite: 2:00 - 6:00 - 8:30 - 12:30
Horarios de atención entidad: 8:00 - 12:00 - 14:30 - 18:30

AUTORIZAR LA PESCA, COMERCIALIZACION, PESCA DEPORTIVA Y ACUICULTORES EN EL DEPARTAMENTO DE COCHABAMBA.

¿Qué requisitos se necesitan?


- FOTOCOPIA DE CARNET DE IDENTIDAD.

- 2FOTOS TAMAÑO 2x2½FONDO ROJO.

-FORMULARIO DE SOLICITUD DE CEDULA (COMERCIENTE, PESCADOR, PESCA DEPORTIVA YACUICULTOR).
El trámite tiene un costo variable.

Efectivo

PAGO PORCARNET DE COMERCIENTE, PESCADOR, PESCA DEPORTIVA O ACUICULTOR

- COMERCIANTE: 70Bs

-PESCADORES: 50 Bs

-PESCA DEPORTIVA: 70 Bs

-ACUICULTORES: 70 Bs

1000000604210

DEPOSITO POR INGRESOS

¿Cómo se realiza este trámite?


* ENTREGA DE DOCUMENTOS (COPIA DEL CARNET DEIDENTIDAD, FOTOS, FORMULARIO Y PAGO).

*RELIAZAR DEPOSITO DEL DINERO EN RECAUDACION DE LA GOBERNACION PARA LA OBTENCIONDE LOS CARNETS.

*REALIZAR EL LLENADO CORRESPONDIENTE EN LOS CARNETS DEBIDAMENTE FIRMADOS YAUTORIZADOS.

¿Dónde puedo realizar el trámite?


: Secretaria Departamental de Planificación - Gobernación de Cochabamba
Teléfonos:


Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite: 3 dias
Marco Legal:

RESOLUCION ADMINSTRATIVA DE LA VEDA.

domingo, 21 de abril de 2019

93 % del pescado es importado de Argentina

En 2018, se dio el mayor registro de importación, bordeando los 13 millones de dólares por más de 10 mil toneladas

El 93 % del total del pescado importado por Bolivia en la gestión 2018 provino de Argentina, según el reporte del Instituto Boliviano de Comercio Exterior (IBCE) con base en datos del Instituto nacional de Estadísticas (INE).

“En el 2018, Argentina lideró como proveedor de carne de pescado para Bolivia, al vender cerca de 12 millones de dólares, Uruguay 682 mil dólares y Chile con 229 mil dólares”, señala el IBCE.

En porcentajes, Argentina monopoliza el 93 %, seguido muy de lejos por Uruguay con 5,3 %, Chile con 1,8 % y el resto de cuatro países con 0,4 %.

En la gestión pasada, Bolivia importó carne de pescado principalmente congelada ($us 12,6 millones), seguido de la carne fileteada congelada ($us 77 mil), carne de pescado seca ($us 23 mil) y pescado fileteado refrigerado ($us 11 mil), entre los principales.

Entre el 2006 y 2018, las importaciones de carne de pescado sumaron 88 millones de dólares por la compra de casi 78 mil toneladas.

En el 2018, se dio el mayor registro de importación, bordeando los 13 millones de dólares por más de 10 mil toneladas.

A febrero de 2019, las compras externas sufrieron una baja de 10 % en valor y 8 % en volumen, comparado con enero-febrero de2018.

Bolivia importó, entre 2006 y 2018, casi 78 mil toneladas de pescado por un valor de 88 millones de dólares, según datos estadísticos divulgados ayer por el Instituto Boliviano de Comercio Exterior (IBCE). Además, el 95 por ciento de toda esta carne es procedente de Argentina.

Los datos se conocen en el contexto de Semana Santa, época en que es costumbre consumir pescado.

Según los datos del IBCE, 2018 fue el año en que se dio el mayor registro de importación, bordeando los 13 millones de dólares por más de 10 mil toneladas. En contrapartida, el año de menor compra fue 2007, con 1,6 millones de dólares por algo más de 2 mil toneladas.

En los dos primeros meses de 2019, sin embargo, las compras externas sufrieron una baja del 10 por ciento en valor y 8 por ciento en volumen, en comparación con enero-febrero de 2018.

Por lugares de procedencia, Argentina es el país que más hace llegar este producto al mercado boliviano, con más del 90 %. El restante porcentaje se dividen entre Chile y Uruguay.(Agencias)


sábado, 20 de abril de 2019

Pesqueros del "Uru Uru" surtieron más de tres toneladas de pejerrey al mercado orureño

En los primeros días de pesca en el lago Uru Uru que coincidió con la Semana Santa, los pescadores lograron sacar más de tres toneladas de pejerrey para surtir este alimento al mercado orureño durante esta festividad religiosa, cuando se acostumbra comer carne blanca.

Luego del levantamiento oficial de la veda (prohibición de pesca) que se determinó el lunes, los pesqueros del lago Uru Uru, decidieron ingresar el miércoles, obteniendo buenos resultados el primer día, puesto que por persona se logró pescar tres arrobas a diferencia del pasado año que el promedio fue de 3 a 5 kilos.

El presidente de la Central de Cooperativas Pesqueras del Lago Uru Uru, Germán Calizaya, manifestó que con relación a gestiones pasadas, después de mucho tiempo existe una buena cantidad de producto, es así que en estos primeros días se sacaron más de 3 toneladas de pejerrey.

Los lugares con mayor cantidad de peces son Pumpulaya y Caravi, en otras como Santo Tomás y Sora, existe producto, pero en menos cantidad, sin embargo el dirigente, mencionó que todos se beneficiaron con la pesca de esta gestión.

En cuanto el tamaño de los peces, también se tiene óptimos resultados pues a diferencia de otras gestiones que el mayor tamaño era de 20 centímetros, ahora se tienen peces de 25 a 30 centímetros.

Calizaya, sostuvo que los resultados se deben a las lluvias que se registraron a finales y principios de este año, que hicieron que el agua del río Desaguadero ingrese con una buena cantidad de peces.

Ante estos resultados, el Gobierno Autónomo Departamental de Oruro (Gad-Oru) a través del Servicio Departamental de Agricultura y Ganadería (Sedag), evaluará si se mantiene o se alarga por algunas semanas la pesca, en relación a la fecha establecida que es el 17 de mayo.

martes, 16 de abril de 2019

Comerciantes de pescados prevén subida de precios

Producto del consumo masivo que se realiza en los días de Semana Santa, la Asociación de Comerciantes Central de Pescaderas de El Alto, a la cabeza de su ejecutiva, Francisca Quispe, indicó que el pejerrey, ispi y carachi, podrían subir de precio de Bs 1 a 2, mientras que la trucha mantendrá su precio actual.

De acuerdo con la ejecutiva de este sector de comerciantes de esta ciudad que cuentan con proveedores directos desde el lago del altiplano paceño, para estas fechas por la época y los mismos días de Semana Santa, baja la producción en el lago, por lo que tiende a subir mínimamente en el precio por cantidad y por libra.

“Lo que nosotros siempre decimos a la población es que no sube por Semana Santa, sino es por la época de invierno a la que estamos entrando, hace que la presencia en varios sectores del lago desaparecen estas tres especies y peor cuando por estas fecha la ciudadanía tienen a consumir más este producto, pero después vuelve a su precio normal, porque no podemos especular ni continuar con estos precios, es solo por estas fechas estas diferencia de Bs 1 a 2, explicó la dirigente.

En el momento, en el caso de la trucha una lata se vende en Bs 320 la arroba, la cuarta Bs 80 y la libra a Bs 13, siendo que en caso de elevarse este precio solo subiría en 50 centavos, en las tres modalidades de venta.

Mientras que en el caso del ispi, el precio es de manera continua variable por lo que su precio es entre Bs 300 a 200 la lata, mientras que por libra no pasa de Bs 8 a 10, estos precios debido a que por esta época este producto tiende a desaparecer por el frío.

En cuanto a la cantidad de todas estas especies del lago, según la dirigente de esta organización de la zona de Final Los Andes, por día cada comerciante tiene un cupo de cuatro a cinco latas en las diferentes especies, pero que todo depende de la producción que tienen en el sector de lago, los mismos pobladores que son los primeros intermediarios.

“Lo que nosotros siempre tratamos es hacer que la ciudadanía cuente con todos los productos que nos traen desde el lago, porque son nuestros primeros proveedores, teniendo en cuenta que las 20 provincias del altiplano casi todos tiene un sector de lago, donde se producen estos productos de diferentes especies, además garantizamos la calidad de los mismos”, indicó la dirigente.

Por otro lado, con la finalidad de una buena atención en la manipulación de estos productos las comerciantes de esta asociación, vienen capacitándose de forma continua en el manejo de estos productos para ofrecer a la ciudadanía una mercadería limpia y en buen estado.

Previenen que el traslado de los mismos desde el lugar del lago, de manera imprescindible es en camiones frigoríficos como uno de los principales requisitos para aquellas personas que hacen llegar estos productos en cantidad hasta este sector de la zona de Final Los Andes.

“En estos últimos días hemos recibido de forma más seguida la capacitación a nuestras afiliadas, por parte del municipio, con la finalidad de poder ofrecer a nuestra clientela un trabajo en la manipulación de este producto de la forma más higiénica, porque como cada año tenemos al presencia de más compradores y no podemos descuidar este tema”, manifestó Francisca Quispe.

Por otro lado, el aseo constante de los puestos de venta también se han incrementado, el mismo que se realiza día por medio, debido a la calor que en ciertos horarios del día se tiene en la urbe alteña, para lo cual cuentan con la colaboración del Municipio.

domingo, 30 de diciembre de 2018

Soldados alimentan con pan a las pocas truchas del Silala

Los 450 mil bolivianos provenientes de fondos públicos que invirtió el Gobierno en marzo de 2013 para instalar en el Silala (Potosí) un criadero de truchas, se perdieron. Después de casi seis años, sólo queda como vestigio unos estanques artificiales de cemento que construyeron para criar unas 21 mil truchas al año. En su lugar, sólo existen unos rústicos criaderos a cargo de los soldados que alimentan con pan a unos pocos peces.

El investigador, Milton Lérida, quien realizó un recorrido por la región días atrás, constató la situación de este proyecto –uno de los cuatro- que anunció el Gobierno en 2013 para sentar soberanía en el Silala, región fronteriza con Chile.

“El viernes 7 de diciembre el Mayor Fernando Veliz Villa, comandante de la Policía fronteriza con sede en la ciudad de Uyuni, junto a este corresponsal, visitamos el sector de las aguas del Silala y constatamos que las truchas no habitan en las piscinas construidas de cemento”, informó Lérida.

SENTAR SOBERANÍA


“Esta región es Bolivia, y tenemos la obligación de sentar soberanía sobre nuestros recursos naturales”, dijo el presidente Evo Morales el 28 de marzo de 2013 en la inauguración de este proyecto denominado: “Proyecto de Desarrollo Productivo de la Trucha en las Aguas del Silala”, ejecutada por la Empresa R. T. G. Construcciones S.R.L.

El proyecto se inauguró en el cantón Quetena, provincia Sud Lípez del departamento de Potosí, plan de desarrollo productivo de la trucha en las aguas del Silala, mediante el funcionamiento de la infraestructura piscícola consistente en seis estanques de desove, alevinaje, engorde, crianza y depósito de truchas.

La meta era criar 21.000 truchas lo que generaría 5.400 kilos de carne por año, que aseguraría empleos y seguridad alimentaria a pobladores de esa región cordillerana.

La fase inicial contemplaba la construcción de seis piscinas instaladas cuya administración estaría a cargo de una unidad militar acantonada en la zona, en este caso, el Regimiento de Infantería 4 LOA.

A pesar de las promesas y después de casi seis años del acto inaugural, hoy, el criadero luce abandonado y no genera producción alguna.

“Las truchas viven en piscinas construidas rústicamente por los soldados del puesto militar de avanzada Silala, dependiente del Batallón “Loa”, asentado en la ciudad de Uyuni. Ya en una anterior visita hemos visto que las truchas no vivían en las piscinas de cemento, más al contrario estaban en las piscinas construidas por los soldados”, testificó Lérida.

Agregó que las truchas fueron alimentadas durante los primeros meses, pasó el tiempo, se acabó el alimento para los peces “y no existían las lombrices o insectos, que que viven donde existe vegetación dentro el agua y como en las piscinas de cemento no crece nada, entonces las truchas murieron poco a poco”.

Ante este escenario, Lérida afirmó que el proyecto de criadero de truchas en el Silala con la construcción de estanques de cemento que ahora se exhiben secos, se convirtieron en otro “elefante blanco” al igual que las viviendas construidas frente a la Unidad Militar el Silala, casas que ninguna persona de la región habita.

“Las piscinas de cemento en el sector de las aguas del Silala son un elefante blanco, donde se habrían gastado varios millones de bolivianos. Es una pena como se malgasta la plata de los bolivianos, especialmente de los potosinos en proyectos que hoy se constituyen en elefantes blancos, mientras que a las autoridades llamadas por Ley no les interesa nada”, protestó Lérida.

“Actualmente las truchas sobreviven con pan, que es parte de la alimentación de los soldados, indicaba el Jefe del puesto militar del Silala”, según Lérida quien agregó que es necesario realizar una auditoría para establecer responsabilidades.

DEMANDA

En 2016, ante el anuncio del presidente Evo Morales de presentar una nueva demanda internacional contra Chile, esta vez por el uso de las aguas de los manantiales del Silala, la presidenta chilena de ese entonces, Michelle Bachelet, se adelantó y demandó ante a Bolivia ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya por el uso de este recurso hídrico.

Este año, Chile presentó su memoria; Bolivia su contramemoria y una contrademanda y la Corte de La Haya resolvió pasar a la fase escrita que se prevé se desarrolle entre enero y mayo del 2019.


sábado, 29 de diciembre de 2018

IPD-PACU subirá la producción de carne de pescado



Con una inversión de Bs 9 millones, la Institución Pública Desconcentrada de Pesca y Acuicultura (IPD-PACU) ejecutará en 2019 proyectos para fortalecer la producción de carne de pescado, informó el director de esa entidad estatal, Eduardo Durán.

El ejecutivo detalló que el primer proyecto, denominado Implementación del Centro Piscícola Pedro Ignacio Muiba, ubicado en el departamento del Beni, cuya inversión es de Bs 5,6 millones, permite el fomento de la mayor producción de pescado.

Por otra parte, el segundo proyecto de Procesamiento de Alimento Balanceado, ubicado en el municipio de San Pedro de Tiquina del departamento de La Paz, tiene la función de incrementar las capacidades de producción.

“Hemos incrementado la producción de carne de pescado de 15 toneladas (t) anuales a 75 toneladas, y para el próximo año el reto es llegar a 100 toneladas”, indicó el ejecutivo en rueda de prensa.

Actualmente, Bolivia produce 9.000 t de pescado. De ese volumen, 7.000 t provienen de la pesca y 2.000 t de la acuicultura, por lo que se ve la necesidad de tomar acciones de mayor impacto para subir la producción, indicó Durán.

miércoles, 26 de diciembre de 2018

Construirán criadero de peces en Palos Blancos


El director de Pesca y Acuicultura (IPD-PACU), Eduardo Durán, indicó ayer que el siguiente año se construirá un centro para faenar pescado en el departamento del Beni y de alevinaje en La Paz, con una inversión de más de nueve millones de bolivianos.

“Se realizó la inscripción de un proyecto para un centro de faenado en el departamento del Beni (...) asimismo está previsto otro de alevinaje en el municipio de Palos Blancos, de La Paz”, manifestó.
También explicó que en el Beni la nueva infraestructura será construida en predios del centro piscícola Pedro Ignacio Muiba, que es de propiedad del Gobierno nacional.
“Arrancamos con dos nuevos proyectos que son netamente para mejorar la capacidad productiva como tal, para fortalecer los dos centros con infraestructura y equipamiento”, precisó.
De acuerdo con Durán, este año se invirtieron más de 8,1 millones de bolivianos en el proyecto del centro piscícola de Trinidad en el Beni, además de los proyectos de Tiquina y de Pongo en La Paz.
Destacó que con la ejecución de esos emprendimientos, en los últimos años, la producción de pescado en el país pasó de 15 a 110 toneladas.
“En el centro piscícola Pedro Ignacio Muiba, para este año está prevista la producción de 35 toneladas de carne de pescado, entre pacú y tambaquí, y en San Pablo de Tiquina 75 toneladas de trucha”, aseguró.

miércoles, 17 de octubre de 2018

Descenso del nivel de agua en el lago Poopó preocupa a pesqueros


Los Urus y las comunidades pesqueras del lago Poopó, se encuentra preocupados ante el descenso del agua que se registra en el lago Poopó. En días precedentes se realizó una inspección del lago en el sector de la comunidad de Untavi, municipio de Toledo, en coordinación con el Servicio Departamental de Agricultura y Ganadería (SEDAG) de la Gobernación, la Federación Departamental de Cooperativas Pesqueras de Oruro (Fedecopeof), los Urus del lago Poopó y el Centro de Ecología y Pueblos Andinos (CEPA).

Observaron que el nivel de profundidad del agua, donde está la regleta de medición en el centro del lago, esta aproximadamente entre 64 centímetros.

El presidente de la Fedecopeof, Juan Toroni, indicó que el descenso del nivel del agua pone en riesgo sus cultivos de peces. Además que la orilla del lago Puerto Jiruni se han secado al menos 1.500 metros.

Los Urus del lago Poopó también indicaron que el viento es uno de los factores climáticos que estaría afectando la reducción del lago, incluso el viento remueve la tierra revolviendo a los peces con la lama o barro hasta matarlos.

Desde la cooperativa pesquera han manifestado la preocupación que existe en los Urus por la poca profundidad del lago, que afectará para que sobrevivan los peces.

El pasado 20 de junio se realizó la siembra de 100.000 crías de pejerrey en el lago Poopó, financiada por el Gobierno Autónomo Departamental de Oruro (Gad-Oru) y los gobiernos municipales de Toledo, Poopó, El Choro, Challapata y Huari.

Los peces se compraron del criadero del lago Titicaca con una inversión de Bs 200.000. Cada alevino costó Bs 2. Esto con el fin de beneficiar a las 14 cooperativas pesqueras de esta región.

SENASAG - Permiso de Importación de Animales Vivos (Alevines, Moluscos, Larvas y Peces)

Última actualización: 25/6/2018
Información actualizada por: SENASAG - Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria
Este trámite depende de: Sanidad Animal
Horarios de atención tramite: 8:30 - 12:30 - 14:30 - 18:30
Horarios de atención entidad: 8:30 - 12:30 - 14:30 - 18:30

Explicar los procedimientos y requisitos previstos para la Importaciones de Animales y sus Productos, ofreciendo mejor información al usuario sobre los trámites.

¿Qué requisitos se necesitan?


1. Carta de solicitud de Importación dirigida al Jefe Distrital.

2. formulario de “Solicitud de Permiso de Importación”.

3. Factura comercial / proforma

4. Lista de empaque

5. Formulario de Liquidación

6. Comprobante de depósito Bancario y/o constancia de transferencia bancaria.

7 Certificado Sanitario original del país de origen de la mercadería.
El trámite tiene un costo variable.

Forma de pago: Depósito en cuenta

Nº Cuenta Bancaria (Banco Unión): 1-1053094

Tabla de costos por rango según Ley 830


 Fórmula para el cálculo del costo según Ley 830




Para el cálculo de costos ingresar al sistema de Liquidación Image senasag.gob.bo


¿Cómo se realiza este trámite?





¿Dónde puedo realizar el trámite?


Chuquisaca: Distrital Chuquisaca(Sucre)C/Ramón García Pizarro S/N. Entre Av.6 de Agosto y Av Juana Azurduy de P.
Teléfonos: 591-6450029
Cochabamba: Distrital Cochabamba(Cochabamba)C/Cincinato Prado, entre Marcela Quiroga y Antonio Quiroga
Teléfonos: 591-4365881 - 591-4365882 - 591-4263910 - 591-4365883
Oruro: Distrital Oruro(Oruro)Ubicada en la Calle "K"# 7 entre las calles"R" y "S" cerca al Mercado Evo M
Teléfonos: 591-5281585 - 2-5287717
Tarija: Distrital Tarija(Tarija)Calle Padilla Esquina Madrid
Teléfonos: 591-4-6647777 - 591-4-6643269
Santa Cruz: Distrital Santa Cruz(Santa Cruz) Av/Ejercito Nacional N° 141
Teléfonos: 591-3-3321523 - 591-3321787
La Paz: Distrital La Paz(La Paz) Zona Santa Bárbara Av. Simón Bolívar N° 1828
Teléfonos: 591-2-2229979 - 591-2229935
Beni: Distrital Beni(Trinidad)Calle Maria Luisa Viera Entre Av/José Natush y 9 de abril
Teléfonos: 591-34626421
Potosí: Distrital Potosí(Potosí)Zona Lechería(Nueva Terminal)/Calle Inonimada S/N Frente a la Escuela Kenny
Teléfonos: 591-2-26227572
Pando: Distrital Pando(Cobija)Ubicado a 7 Km de la Carretera Cobija, Porvenir entrada al Barrio 6 de Agosto
Teléfonos: 591-842-1528


Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite: 6 dias
Marco Legal:

Ley 830
Reglamento General de Sanidad Animal

Información del trámite: http://senasag.gob.bo/resoluciones.html

viernes, 12 de octubre de 2018

LEY N° 938 - LEY DE PESCA Y ACUICULTURA SUSTENTABLES

LEY N° 938
LEY DE 3 DE MAYO DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

LEY DE PESCA Y ACUICULTURA SUSTENTABLES
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1. (OBJETO). La presente Ley tiene por objeto regular, fomentar, incentivar y administrar el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas en el territorio nacional, con la finalidad del desarrollo integral y sustentable de la Pesca y Acuicultura.
ARTÍCULO 2. (ÁMBITO DE APLICACIÓN)
I. La presente Ley se aplica a:
a) Las personas jurídicas y naturales que desarrollen actividades vinculadas a la Pesca y Acuicultura, en las aguas sobre las que el Estado Boliviano ejerce su soberanía y jurisdicción.
b) Las actividades de la Pesca y Acuicultura, en la extracción, producción, procesamiento, investigación, transporte, comercio e industrialización de los productos hidrobiológicos.
II. La presente Ley se aplica por el nivel central del Estado y las Entidades Territoriales Autónomas.
ARTÍCULO 3. (MARCO COMPETENCIAL). La presente Ley se fundamenta en la competencia establecida en el Artículo 299, Parágrafo II numeral 16, en concordancia con el Artículo 297, Parágrafo I numeral 3, de la Constitución Política del Estado.
ARTÍCULO 4. (INTERÉS SOCIAL Y ESTRATÉGICO). Se declara a la Pesca y a la Acuicultura de interés social y estratégico por la importancia que tiene para la seguridad y soberanía alimentaria.

ARTÍCULO 5. (DEFINICIONES). A efectos de la presente Ley, se entiende por:
1. Acuicultura. Es la actividad relativa a la cría de organismos acuáticos (peces, moluscos, crustáceos, plantas y reptiles acuáticos) con la intervención humana, en ambientes naturales o artificiales.

2. Acuicultura Extensiva. Es la que se realiza en cuerpos de agua, empleando tecnologías de cultivo básicas y que no alteran sustancialmente el medio natural.
3. Acuicultura Intensiva. Es la que se realiza en cuerpos de agua, aplicando tecnologías que permiten aumentar la densidad de las poblaciones de organismos acuáticos, para acelerar el crecimiento, con alimentación controlada y balanceada, u otros procesos permitidos que mejoren la productividad o la rentabilidad del cultivo.
4. Actividad Pesquera. Es la captura y extracción de organismos acuáticos de su medio natural.
5. Aguas Continentales. Son aquellas que conforman los lagos, lagunas, embalses, ríos y otros cuerpos de agua dentro del territorio nacional.
6. Aprovechamiento Sustentable. Es el uso planificado de los recursos naturales en forma que se respete la integridad funcional y las capacidades de carga de los ecosistemas.

7. Artes de Pesca. Es el conjunto de equipos y accesorios diseñados para la captura y extracción de organismos acuáticos.
8. Cuotas de Pesca o Extracción. Es la cantidad de organismos acuáticos que, según las disposiciones de la entidad competente, pueden ser capturados o recolectados en una determinada área y época.
9. Especies Nativas. Son las especies que históricamente existen en el país o que pertenecen a una región o cuenca determinada dentro del territorio nacional.
10. Especies Introducidas o Exóticas. Son las especies que históricamente no existieron en Bolivia o en una cuenca específica, y que han sido introducidas de manera artificial, intencional o no intencional.
11. Especies Amenazadas. Son las especies en peligro o vulnerables a la extinción categorizadas por la entidad competente, basado en la lista de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN).
12. IPD-“PACU”. Institución Pública Desconcentrada de Pesca y Acuicultura “PACU”, dependiente del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, que tiene como una de sus atribuciones ser la ejecutora de programas y proyectos de desarrollo integral de Pesca y Acuicultura en el territorio nacional.
13. Pesca. Es el acto de extraer, capturar y colectar los organismos acuáticos, en su medio natural de vida, así como los actos previos o posteriores relacionados con ella.
14. Pesca Continental. La pesca realizada en cursos de aguas interiores y en zonas inundables, incluye la pesca en lagos, lagunas, esteros, estanques, embalses naturales o artificiales o cualquier otro cuerpo de agua dulce.
15. Pesca Comercial. Es la actividad pesquera que realizan las personas con fines de lucro y puede ser:
a) Artesanal. Es la actividad productiva que realizan los pescadores en forma individual o asociados en cooperativas u otras forma de organización, con preponderancia del esfuerzo físico, basada en sus experiencias, vivencias, conocimientos de la naturaleza y las destrezas que pasan de generación en generación, con la utilización de artes de pesca permitidas cuyo límite será establecido a través de un reglamento específico.
b) Industrial. Actividad extractiva que realizan personas naturales o jurídicas, de conformidad con las políticas establecidas por los gobiernos autónomos departamentales en coordinación con el nivel central del Estado, con la utilización de artes pesqueras mecanizadas, que requieren el uso intensivo de capital y/o tecnologías.
16. Pesca Científica. Es la actividad realizada con fines de investigación, exploración, experimentación, repoblación, evaluación y conservación de los recursos hidrobiológicos, para el mantenimiento y reposición de las colecciones científicas y para el desarrollo de nuevas tecnologías.
17. Captura de Especies Acuícolas Ornamentales. Es la actividad extractiva que realizan personas naturales o jurídicas con propósitos decorativos por sus características estéticas.
18. Pesca Deportiva. Es la actividad pesquera que realizan personas, nacionales o extranjeras, con el fin de capturar con artes y métodos de pesca autorizados, recursos hidrobiológicos en aguas continentales, jurisdiccionales o en zona económica exclusiva, sin fines de lucro y con propósito de deporte, recreo, turismo o pasatiempo.
19. Pesca de Subsistencia. Es la actividad que realizan las personas, para el consumo doméstico, sin fines de lucro.
20. Piscicultura. Es la práctica del cultivo de peces en condiciones artificiales.
21. Recursos Hidrobiológicos. Es el conjunto de todos los seres vivos que habitan los cuerpos de agua que, para los fines de la presente Ley comprenderán: peces, moluscos, batracios, crustáceos, plantas y reptiles acuáticos.
22. Semilla. Son los alevinos, larvas, ovas embrionadas y esperma de peces, que se utilizan para el cultivo y repoblamiento de las especies.
23. Veda. Periodo establecido por los órganos competentes durante el cual se prohíbe la extracción, la tenencia, el transporte y la comercialización de un determinado recurso hidrobiológico en un espacio, área o zona determinados.
CAPÍTULO II
INSTITUCIONALIDAD

ARTÍCULO 6. (NIVEL CENTRAL).
I. El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, tiene la competencia de:
1. Formular, aprobar y gestionar políticas, estrategias, planes, programas y proyectos, para asegurar la sustentabilidad de las actividades de la Pesca y Acuicultura.
2. Gestionar recursos financieros y técnicos para el desarrollo de los múltiples actores de la Pesca y Acuicultura en coordinación con los Ministerios competentes.
3. Regular y establecer mecanismos para viabilizar servicios, transferencia de tecnología e infraestructura para la Pesca y Acuicultura.
II. El Ministerio de Medio Ambiente y Agua, en el marco de sus competencias para la conservación de los recursos hidrobiológicos, coordinará con él Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, la implementación de políticas, estrategias, planes, programas y proyectos.
III. El Ministerio de Relaciones Exteriores, en el marco de sus competencias, coordinará y coadyuvará con el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras en el cumplimiento y/o implementación de Tratados, Acuerdos, Convenios, Protocolos y Reglamentos Internacionales, tanto en temas de Pesca y Acuicultura en aguas internacionales como en materia comercial.
IV. El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, en el marco de sus competencias, coordinará y coadyuvará con el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras en el cumplimiento y/o implementación de programas y proyectos en temas de Pesca y Acuicultura.
ARTÍCULO 7. (AUTORIDAD COMPETENTE). La IPD-“PACU”, como instancia operativa, bajo dependencia del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, es la autoridad competente en el sector de la Pesca y Acuicultura.
ARTÍCULO 8. (RESPONSABILIDADES). La IPD-“PACU” tiene las siguientes responsabilidades:
1. Proponer y ejecutar políticas, estrategias, programas, proyectos y normativa para el fortalecimiento de la producción primaria, industrialización, procesamiento y consumo de los productos de la Pesca y Acuicultura.
2. Promover la articulación de políticas y acciones relacionadas con las actividades de Pesca y Acuicultura, de manera concurrente con los Servicios Departamentales y Municipales.
3. Promover y proponer planes, programas y proyectos de fomento e incentivo para el uso sustentable de los recursos hidrobiológicos.
4. Coordinar con ministerios y entidades del sector público y privado, el desarrollo y aplicación de políticas y acciones para el fortalecimiento de la Pesca y Acuicultura.
5. Emitir directrices para la emisión de autorizaciones, licencias y registros para las actividades de Pesca y Acuicultura.
6. Promover la capacitación, asistencia técnica y transferencia de tecnología, a pescadores, acuicultores y sectores vinculados con la comercialización.
7. Otorgar licencias y autorizaciones, prorrogarlas, renovarlas, declarar su caducidad, nulidad o resolución, supervisar el cumplimiento de las condiciones técnicas y reglamentarias, así como aplicar las sanciones correspondientes en coordinación con las Entidades Territoriales Autónomas.
8. Planificar y participar en la ejecución de estrategias de investigación y desarrollo de recursos pesqueros y acuícolas, en coordinación con la entidad competente, universidades, y organizaciones e instituciones de investigación técnica y científica.
9. Elaborar y establecer un sistema de monitoreo permanente de los recursos hidrobiológicos en coordinación con las Entidades Territoriales Autónomas.
10. Elaborar políticas, planes, programas y proyectos para la recuperación de las especies hidrobiológicas de interés económico en peligro de extinción.
11. Apoyar a los pescadores y acuicultores en el acceso al crédito y financiamiento de proyectos productivos piscícolas a través del sistema financiero.
12. Gestionar la suscripción de convenios o acuerdos de coordinación interinstitucional.
13. Desarrollo de estrategias para el incentivo e incremento del consumo de pescado y productos derivados, mediante coordinación interinstitucional, a objeto de la posible incorporación en los programas de subsidio prenatal, de lactancia y de alimentación escolar, conforme al consumo regional.
14. Establecer los aranceles y gravámenes por concepto de licencias, autorizaciones y registros.
15. Coordinar con el Instituto Nacional de Innovación Agropecuaria y Forestal (INIAF), la investigación científica, desarrollo tecnológico, innovación y transferencia de tecnología en materia de Pesca y Acuicultura.
16. Desarrollar proyectos de pre inversión e inversión en forma concurrente con las Entidades Territoriales Autónomas.
17. Otras definidas en Decreto Supremo.
ARTÍCULO 9. (FUENTES DE FINANCIAMIENTO). Para el cumplimiento de la presente Ley, la IPD-“PACU” contará con las siguientes fuentes de financiamiento:
1. Recursos del TGN, de acuerdo a disponibilidad.
2. Recursos asignados por la Ley N° 448 de 4 de diciembre de 2013, y por la Disposición Adicional Tercera de la Ley N° 550 de 21 de julio de 2014.
3. Recursos propios generados por la prestación de servicios.
4. Otras fuentes de financiamiento, incluyendo donaciones y préstamos.
ARTÍCULO 10. (NIVEL DEPARTAMENTAL). Los Gobiernos Autónomos Departamentales, en el ámbito de su jurisdicción, son responsables de:
1. Establecer y ejecutar políticas, planes, programas y proyectos para desarrollar las actividades de Pesca y Acuicultura, y el fortalecimiento de la industrialización, procesamiento y consumo de los productos de la Pesca y Acuicultura, con la participación de las organizaciones sociales relacionadas, en concordancia con las políticas del nivel central del Estado.
2. Coordinar con la IPD-“PACU”, en la supervisión de las actividades de Pesca y Acuicultura.
3. Recopilar y consolidar a nivel departamental, la información estadística de Pesca y Acuicultura en su departamento para remisión a la IPD-“PACU”.
4. Monitorear permanentemente los recursos hidrobiológicos en su jurisdicción territorial.
5. Cumplir políticas, planes, programas y proyectos para la recuperación de las especies hidrobiológicas de interés económico en peligro de extinción.
6. Promover la capacitación, asistencia técnica y transferencia de tecnología a pescadores, acuicultores y sectores vinculados a la manufactura, transformación, industrialización y comercialización.
7. Desarrollar proyectos de pre-inversión e inversión en forma concurrente con el nivel central del Estado y las Entidades Territoriales Autónomas.
ARTÍCULO 11. (NIVEL MUNICIPAL). Los Gobiernos Autónomos Municipales, en el ámbito de su jurisdicción, podrán:
1. Supervisar las actividades de Pesca y Acuicultura en su jurisdicción municipal, en coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental y con la IPD-“PACU”.
2. Establecer y ejecutar políticas, planes y programas municipales para desarrollar las actividades de Pesca y Acuicultura, en concordancia con las políticas del nivel central del Estado y el Gobierno Autónomo Departamental.
3. Promocionar las actividades de Pesca y Acuicultura en su municipio en coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental y la IPD-“PACU”.
4. Registrar, recopilar y consolidar a nivel municipal la información de Pesca y Acuicultura, para la emisión de licencias y autorizaciones por la IPD-“PACU”.
5. Aprobar y hacer cumplir normas específicas de comercialización de recursos hidrobiológicos, garantizando la calidad e inocuidad de productos, en concordancia con las normas nacionales y departamentales.
6. Promover la capacitación, asistencia técnica y transferencia de tecnología a pescadores, acuicultores y sectores vinculados con la comercialización.
7. Desarrollar proyectos de pre-inversión e inversión en forma concurrente con el nivel central del Estado y las Entidades Territoriales Autónomas.
ARTÍCULO 12. (AUTONOMÍAS INDÍGENA ORIGINARIO CAMPESINOS). Las Autonomías Indígena Originaria Campesinos, en coordinación con la IPD-“PACU”, los Gobiernos Autónomos Departamentales y/o Municipales, tendrán las siguientes responsabilidades:
1. Proponer y formular programas y proyectos de Pesca y Acuicultura en su respectiva jurisdicción en el marco de la política nacional y departamental.
2. Recuperar los conocimientos y tecnologías ancestrales y saberes locales para la conservación y aprovechamiento sustentable de los recursos pesqueros y acuícolas, en coordinación con la IPD-“PACU” y con los Servicios Departamentales de Pesca y Acuicultura.
3. Adoptar políticas para la recuperación de las especies hidrobiológicas en peligro de extinción.
CAPÍTULO III
DESARROLLO DE LA PESCA Y ACUICULTURA

ARTÍCULO 13. (MEDIDAS PARA EL APROVECHAMIENTO). La extracción sólo podrá efectuarse utilizando artes de pesca, técnicas y embarcaciones permitidas, en el marco del desarrollo sustentable y de acuerdo al reglamento de la presente Ley.
ARTÍCULO 14. (COMERCIALIZACIÓN E INDUSTRIALIZACIÓN).
I. Quienes comercialicen e industrialicen los productos pesqueros y acuícolas, deberán sujetarse a las normas de comercialización, inocuidad, calidad e inspección dictadas por las autoridades competentes.
II. No se podrán comercializar ejemplares enteros, en partes o procesados, pertenecientes a especies cuya captura esté prohibida, en virtud de la legislación boliviana o de convenios internacionales de los que el país sea signatario, salvo que sean productos procedentes de la acuicultura autorizada.
ARTÍCULO 15. (LÍMITE DE APROVECHAMIENTO). En función de las evaluaciones sobre el potencial de captura sustentable, la IPD-“PACU”, en coordinación con los Gobiernos Autónomos Departamentales y Municipales, normará las cuotas de pesca o extracción, espacios geográficos, tallas de peces y especies cuya captura está permitida.
ARTÍCULO 16. (VEDAS). La IPD-“PACU”, establecerá las siguientes medidas:
1. Prohibir pesca en época de veda, por factores que pongan en peligro una u otras especies.
2. Poner en práctica la veda de una especie determinada, previo establecimiento de criterios técnicos, requisitos y procedimientos administrativos y otros factores pertinentes.
3. Comunicar el establecimiento de la veda, con al menos treinta (30) días antes de su entrada en vigencia.
ARTÍCULO 17. (MÉTODOS DE PESCA PROHIBIDOS). Quedan prohibidos los siguientes métodos de pesca:
1. Emplear dinamita y otros materiales explosivos, incluyendo armas de fuego o que pongan en riesgo el ecosistema acuático.
2. Emplear sustancias químicas orgánicas e inorgánicas que al contacto del agua, produzcan contaminación o disminuyan su calidad.
3. Pescar con métodos de arrastre de fondo u otros que modifiquen las condiciones del hábitat.
4. Usar redes con luz de malla inferiores a las especificadas por el Reglamento de la presente Ley.
5. Emplear cualquier otro procedimiento de pesca declarado como nocivo, de acuerdo a lo determinado por la entidad competente.
ARTÍCULO 18. (ACTIVIDADES DE PESCA ESPECIALIZADA).
I. Se consideran actividades de pesca especializada:
a) Pesca deportiva;
b) Pesca científica;
c) Pesca de recursos hidrobiológicos ornamentales.
II. La IPD-“PACU” reglamentará el ejercicio de la pesca especializada, atendiendo debidamente a las características de cada una de las cuencas hidrográficas del país.
CAPÍTULO IV
DESARROLLO DE LA ACUICULTURA

ARTÍCULO 19. (HABILITACIÓN DE AMBIENTES). La autorización para la habilitación de ambientes naturales y artificiales en áreas privadas, comunales o públicas, para el desarrollo de la acuicultura, se normará mediante reglamentación específica.
ARTÍCULO 20. (ACUICULTURA SUSTENTABLE). Las actividades de acuicultura deberán realizarse de modo que permitan el desarrollo sustentable de la actividad y la protección del medio ambiente.
ARTÍCULO 21. (EFECTOS AMBIENTALES). A fin de garantizar el desarrollo sustentable de la acuicultura, los centros de cultivo evitarán dañar el ecosistema acuático, debiendo mantener la calidad y cantidad de las aguas y respetar la capacidad de carga del cuerpo de agua en que se emplacen, de acuerdo a normativa vigente.
ARTÍCULO 22. (DESARROLLO DE LA ACUICULTURA DE RECURSOS LIMITADOS). La IPD-“PACU”, en coordinación con los Ministerios competentes, los Gobiernos Autónomos Departamentales y Municipales brindarán apoyo técnico y capacitación para el desarrollo de microempresas, asociaciones y cooperativas de acuicultura artesanal, a fin de que los pequeños productores tengan alternativas distintas a las actividades agropecuaria y pesquera o las sustituyan.
ARTÍCULO 23. (INTRODUCCIÓN DE ESPECIES EXÓTICAS).
I. La introducción al país de especies exóticas para la acuicultura, será autorizada previo análisis del riesgo ecológico, el mismo que será realizado por la IPD-“PACU”, en coordinación con el Ministerio de Medio Ambiente y Agua.
II. El análisis de riesgo ecológico deberá asegurar que no se alteren los ecosistemas acuáticos naturales, que no se introduzcan patógenos, ni se ocasionen problemas de salud pública.
III. Como requisito imprescindible, antes de la importación, la especie acuática exótica deberá contar con la certificación ictiosanitaria de origen, extendida por la autoridad competente.
ARTÍCULO 24. (PLANTAS PROCESADORAS DE ALIMENTOS). Las personas naturales o jurídicas que realicen actividades relacionadas con el procesamiento de alimento para peces, deberán cumplir con las normas de sanidad exigidas por las instancias competentes.

CAPÍTULO V
ORDENAMIENTO Y FOMENTO DE LA PESCA Y ACUICULTURA

ARTÍCULO 25. (CRITERIO DE PRECAUCIÓN). En la formulación de políticas y estrategias de Pesca y Acuicultura, se deben considerar las normas de conservación, ordenamiento y aprovechamiento de los recursos hidrobiológicos.
ARTÍCULO 26. (ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE ORDENAMIENTO). Sin perjuicio de las funciones a que se hace referencia en otros Artículos de la presente Ley, la IPD-“PACU” tiene facultades suficientes para:

1. Reducir los volúmenes autorizados de pesca cuando su nivel sea incompatible con el estado de los recursos hidrobiológicos.
2. Adoptar medidas para que las embarcaciones pesqueras sean identificadas, según la actividad pesquera a la que se dediquen, de acuerdo con las disposiciones del Reglamento de la presente Ley.
ARTÍCULO 27. (SISTEMA DE INFORMACIÓN). La IPD-“PACU” implementará el Registro Único Nacional de Pesca y Acuicultura, para organizar, actualizar y difundir la información sobre actividades pesqueras y acuícolas, en coordinación con las Entidades Territoriales Autónomas. El sistema contará con la siguiente información:
1. Registro de licencias y autorizaciones de Pesca y Acuicultura;
2. Información geográfica de la Pesca y Acuicultura a nivel nacional;
3. Productores, asociaciones existentes, población y producción acuícola;
4. Anuario estadístico de Pesca y Acuicultura;
5. Sobre el consumo de pescado en Bolivia.
ARTÍCULO 28. (RED DE INFORMACIÓN E INVESTIGACIÓN).
I. La IPD-“PACU”, en coordinación con el INIAF, establecerá la Red Nacional de Información e Investigación en Pesca y Acuicultura (RENIINPA), encargada de producir y proveer información a las instancias que lo soliciten.
II. La RENIINPA estará integrada por la IPD-“PACU”, el INIAF, los Gobiernos Autónomos Departamentales, Municipales, Indígena Originario Campesinos, centros de investigación y universidades bolivianas; su funcionamiento será establecido en el reglamento de la presente Ley.
CAPÍTULO VI
AUTORIZACIONES Y REGISTRO PARA EJERCER
LAS ACTIVIDADES DE PESCA Y ACUICULTURA

ARTÍCULO 29. (REGISTRO DE PESCADORES Y ACUICULTORES).
I. Toda persona natural o jurídica que desarrolle actividades de Pesca y Acuicultura, deberá estar inscrita en el Registro Único Nacional.
II. La IPD-“PACU”, en coordinación con la Entidades Territoriales Autónomas, facilitará y priorizará el registro de los pescadores de subsistencia y artesanales, a fin de garantizar la continuidad de sus actividades.
ARTÍCULO 30. (CRITERIOS DE ACCESO). El acceso a las actividades de Pesca y Acuicultura, considerará los principios: de sostenibilidad a largo plazo de los recursos hidrobiológicos; de proporcionalidad entre esfuerzo pesquero o extractivo; la capacidad de producción; y el ordenamiento integral de las zonas pesqueras, así como los antecedentes del solicitante y los factores socioeconómicos y ambientales pertinentes.
ARTÍCULO 31. (AUTORIZACIONES Y LICENCIAS).
I. Para el ordenamiento de la Pesca y Acuicultura se reconoce los siguientes instrumentos:
1. Licencia. Es el documento administrativo individual e intransferible, que otorga el derecho para practicar legalmente la Pesca y Acuicultura en las aguas continentales del Estado Plurinacional de Bolivia.
2. Autorización. Es un permiso con carácter excepcional para desplegar una determinada acción sobre los recursos hidrobiológicos distinta a la Pesca y Acuicultura.
II. Los requisitos para la otorgación de autorizaciones y licencias, el plazo de vigencia de estos y sus formas de extinción serán establecidos en el reglamento de la presente Ley.
ARTÍCULO 32. (REGISTRO DE EMBARCACIONES PESQUERAS). Las embarcaciones dedicadas a la actividad pesquera en aguas nacionales y continentales, así como las artes y aparejos de pesca de las que estén dotadas, deberán inscribirse en el Registro Nacional de Embarcaciones Pesqueras a cargo de la Autoridad Marítima y Portuaria del Ministerio de Defensa.
ARTÍCULO 33. (DEBER DE INFORMAR). Las Entidades Territoriales Autónomas encargadas de emitir las autorizaciones y licencias deberán remitir toda la información necesaria a la IPD-“PACU”, para un adecuado funcionamiento de los registros.
ARTÍCULO 34. (PAGO DE DERECHOS POR EMISIÓN DE AUTORIZACIONES Y LICENCIAS). El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, mediante Resolución Ministerial, establecerá los aranceles por la emisión de autorizaciones y licencias.
CAPÍTULO VII
PROCESAMIENTO, INDUSTRIALIZACIÓN, TRANSPORTE
Y COMERCIALIZACIÓN

ARTÍCULO 35. (AUTORIZACIÓN).
I. La IPD-“PACU”, promoverá de forma gradual el registro de las personas que ejerzan actividades de procesamiento e industrialización de los recursos hidrobiológicos.

II. El registro en el caso de procesamiento e industrialización, será útil para ejecutar programas de incentivo y promoción.

ARTÍCULO 36. (TRATAMIENTO DE LOS PRODUCTOS). Los métodos de procesamiento, transporte y comercialización de los recursos hidrobiológicos, deberán realizarse en estricto cumplimiento de las normas sanitarias correspondientes.
ARTÍCULO 37. (DOCUMENTOS COMERCIALES). Los comerciantes, importadores y exportadores de productos de la Pesca y Acuicultura, están obligados a presentar la documentación que acredite el origen del producto ante la Aduana Nacional; además tienen el deber de sujetarse a las normas de comercialización, sanidad animal, calidad e inspección que establezcan las autoridades competentes.
CAPÍTULO VIII
COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN
INTERINSTITUCIONAL E INTERNACIONAL

ARTÍCULO 38. (RELACIONES INTERNACIONALES).
I. El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras a través de la IPD-“PACU”, propondrá planes de aprovechamiento sustentable de los recursos hidrobiológicos compartidos internacionalmente.
II. El Estado Plurinacional de Bolivia incluirá en su ordenamiento jurídico los criterios aplicables en Pesca y Acuicultura, que sean concordantes con los países de la región, especialmente en el caso del manejo de los recursos hidrobiológicos que migran del territorio de un país a otro.
CAPÍTULO IX
FOMENTO PARA EL DESARROLLO
DE LA PESCA Y ACUICULTURA

ARTÍCULO 39. (FOMENTO).
I. El Estado, a través del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, propiciará el desarrollo y la diversificación de la pesca y acuicultura artesanal, sujeta a reglamento.
II. El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, a través de la IPD-“PACU”, promoverá el desarrollo de la infraestructura para la pesca y acuicultura artesanal, brindando capacitación y asistencia técnica a los productores artesanales y sus organizaciones.
III. La IPD-“PACU”, promoverá el repoblamiento de los recursos hidrobiológicos que se encuentren sobre explotados o amenazados en las aguas del territorio boliviano.
IV. En el caso de las aguas y recursos hídricos compartidos internacionalmente, el repoblamiento de las especies se promoverá en el marco de acuerdos con otros Estados, basado en la información científica disponible.
ARTÍCULO 40. (INCENTIVOS).
I. La IPD-“PACU”, apoyará técnicamente a las organizaciones de pescadores y acuicultores en la adquisición de los siguientes insumos y equipos:
1. Embarcaciones, motores, repuestos, accesorios, artes de pesca, equipos electrónicos de navegación para la extracción de los recursos hidrobiológicos.
2. Equipos y enseres de refrigeración destinados al transporte, procesamiento, cultivo, conservación y almacenamiento de los productos pesqueros y acuícolas.
3. Ovas embrionadas y larvas de especies hidrobiológicas autorizadas por la IPD-“PACU” y equipos para el desarrollo de la acuicultura.
4. Equipos de laboratorio y demás accesorios necesarios para el desarrollo de la investigación pesquera.
5. Maquinaria y equipos para la reparación de embarcaciones pesqueras.
6. Materia prima requerida para la fabricación de envases para productos de origen pesquero y acuícola.
7. Insumos para la producción de alimento balanceado, cuando se demuestre que su destino es la acuicultura.
8. Alimentos balanceados para las especies acuícolas.
II. La IPD-“PACU” de acuerdo a disponibilidad, implementará centros de acopio con cadena de frio, destinados al apoyo de los pequeños productores de Pesca y Acuicultura.
CAPÍTULO X
INSPECCIÓN, INFRACCIONES Y SANCIONES

ARTÍCULO 41. (INSPECCIÓN).
I. La IPD-“PACU” realizará inspecciones en coordinación con los Gobiernos Autónomos Departamentales y Municipales, y Autonomías Indígena Originario Campesinos.
II. La inspección y el control de las actividades de la Pesca y Acuicultura serán realizados por la Dirección General de Capitanías de Puerto de la Armada Boliviana, en coordinación con la IPD-“PACU”, para lo cual esta entidad podrá contar con el correspondiente personal capacitado.
ARTÍCULO 42. (AUTORIDAD DE LOS INSPECTORES). En el ejercicio de sus funciones, los inspectores de la IPD-“PACU”, en coordinación con las autoridades competentes, tendrán la autoridad para:
1. Inspeccionar granjas acuícolas, locales, establecimientos, vehículos o áreas específicas, donde se depositen, transporten, procesen o comercialicen productos de la Pesca o Acuicultura.
2. Inspeccionar las sedes o direcciones donde se cultiven recursos hidrobiológicos, con el objetivo de recabar información que permita verificar el cumplimiento de las disposiciones legales.
3. Decomisar los equipos, artes de pesca o productos pesqueros y acuícolas, que hayan sido utilizados al margen de la presente Ley e infringiendo su Reglamentación, con el apoyo de la fuerza policial o de la Armada Boliviana.
ARTÍCULO 43. (PARTICIPACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES). Para el cumplimiento de la presente Ley, las organizaciones de pescadores y acuicultores podrán conformar instancias de control y vigilancia en coordinación con la IPD-“PACU”. Su forma de funcionamiento y alcance serán establecidos en el Reglamento de la presente Ley.
ARTÍCULO 44. (INFRACCIONES).
I. Constituye infracción toda acción u omisión contraria a las disposiciones contenidas en la presente Ley, su reglamentación, a las obligaciones derivadas de los Acuerdos Internacionales del Estado Plurinacional de Bolivia y contrarias a las Resoluciones que se dicten en materia pesquera y acuícola.
II. Las infracciones podrán ser muy graves, graves o leves.
ARTÍCULO 45. (INFRACCIONES MUY GRAVES). Se consideran infracciones muy graves:
1. Hacer uso y tenencia de artes y métodos de pesca no autorizados en la pesca artesanal e industrial.
2. Capturar o extraer especies diferentes a la establecida en la autorización o permiso otorgado por la instancia competente.
3. Extraer recursos hidrobiológicos declarados en veda, hacerlo en áreas reservadas, o en zonas diferentes a las señaladas en la autorización, y en la licencia para practicar la pesca.
4. Procesar, transportar o comercializar productos pesqueros y acuícolas, cuya procedencia no sea posible acreditar; especies declaradas en veda o con tallas menores a las establecidas o declaradas en peligro de extinción.
5. Introducir plantas tóxicas, productos químicos y explosivos en aguas continentales.
6. Importar o cultivar especies exóticas, sin contar con la autorización requerida.
7. Otras establecidas en el reglamento.
ARTÍCULO 46. (INFRACCIONES GRAVES). Se consideran infracciones graves:
1. Hacer uso del tratamiento de la “captura incidental permitida”, de modo diferente a lo dispuesto por el reglamento de la presente Ley.
2. Procesar, transportar o comercializar productos pesqueros y acuícolas que signifiquen riesgo para la salud pública, así como productos que no cumplan las normas de sanidad, de inocuidad, de seguridad industrial y de preservación del medio ambiente.
3. Arrojar desperdicios dañinos en cualquiera de las aguas continentales.
4. Suministrar información falsa, incorrecta o incompleta a las autoridades competentes en materia de Pesca y Acuicultura.
5. Otras establecidas en el reglamento.
ARTÍCULO 47. (INFRACCIONES LEVES). Se consideran infracciones leves las acciones u omisiones establecidas en el Reglamento.
ARTÍCULO 48. (SANCIONES).
I. Las infracciones serán sancionadas según su gravedad, de la siguiente manera:
1. Amonestación escrita.
2. Imposición de multas.
3. Decomiso de los productos o embarcaciones.
4. Suspensión temporal de la autorización o permiso.
5. Revocatoria de la autorización, licencia y/o permiso.
II. El procedimiento para la imposición de sanciones, será desarrollado en el Reglamento de la presente Ley.
III. Los recursos provenientes de estas sanciones será parte de las fuentes de financiamiento de la IPD-“PACU”, para el cumplimiento de la presente Ley.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA
ÚNICA. El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, elaborará la reglamentación a la presente Ley en un plazo de ciento veinte (120) días, la misma que será aprobada mediante Decreto Supremo.
DISPOSICIÓN FINAL

ÚNICA. Se declara el 29 de junio de cada año, como el “Día de la Pescadora y el Pescador” en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, en homenaje a la sacrificada labor de la Pescadora y el Pescador, y su aporte a la seguridad alimentaria del pueblo boliviano.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los once días del mes de abril del año dos mil diecisiete.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Omar Paul Aguilar Condo, María Argene Simoni Cuellar, Sebastián Texeira Rojas, Dulce María Araujo Dominguez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.

FDO. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Luis Alberto Arce Catacora, Eugenio Rojas Apaza, Carlos Rene Ortuño Yañez, Cesar Hugo Cocarico Yana.

lunes, 1 de octubre de 2018

Laguna Santa Martha Preocupa mortandad de peces

Los técnicos de la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Regional y docentes del Instituto Tecnológico Yacuiba (ITY) trabajaron en la limpieza y toma de muestras de la laguna Santa Martha, con el objetivo de reducir riesgos de contaminación ambiental y evitar una mayor mortandad de especies piscícolas.

El Gobierno Regional, a solicitud de la Organización Territorial de Base (OTB) de Santa Martha, intervino en la comunidad y procedió a retirar de la laguna una cantidad considerable de peces muertos y que se encontraban en estado de descomposición, por causas aún desconocidas.

La actividad de limpieza fue realizada con el apoyo de efectivos del Regimiento Aroma, con el fin de realizar un rastrillaje profundo y evitar una posible contaminación.

El secretario de Desarrollo Productivo Medio Ambiente y Agua, Gilmo Cardozo, informó que la respuesta fue inmediata, inicialmente para realizar una inspección de la zona, evaluar el estado de la laguna y, posteriormente, reunirse con la dirigencia de la comunidad para proceder bajo autorización.

“Pretendemos acomodar este lindo lugar turístico, dejar limpia la laguna y habilitarla lo más antes posible, tomando en cuenta que la población de la zona desarrolla sus actividades gastronómicas que atrae a los turistas y son una fuente de ingresos de varias familias, durante el fin de semana”, añadió. (El Chaco Informa)

jueves, 13 de septiembre de 2018

Guaraníes en emergencia por mortandad de peces

Las 22 comunidades que conforman la Asamblea del Pueblo Guaraní (APG-ZK) de la zona Karapari denuncian públicamente y ante las autoridades competentes del Gobierno, la emergencia ambiental que se vive en su territorio y que afecta a sus familias. Reportan la mortandad repentina de peces de los ríos y quebradas de la cuenca del Río Itaú en el municipio de Karapari.

De acuerdo a los comunarios esta situación se evidenció hace casi dos meses y continúa hasta la fecha, sin que haya una explicación razonable por parte de alguna autoridad o instancia responsable de gobierno.

La Mburuvicha de la APG Zona Karapari, Justina Suárez, afirma que hace algunas semanas atrás, debido a la denuncia de algunos comunarios, los técnicos de la Alcaldía y la Subgobernación de Caraparí, junto a representantes de empresas petroleras que operan en la zona, realizaron el levantamiento de muestras de peces para realizar los análisis de laboratorio respectivos, pero hasta ahora no se conocen los resultados de dichos estudios.
“Nuestros animales siguen tomando de estas aguas y no sabemos qué puede pasar después, pueden haber efectos a largo plazo…incluso nuestros hijos se siguen bañando en este río y corren peligro de salud, porque nadie informa sobre la calidad del agua… también se pueden estar afectando las plantas que se riegan con esas aguas y no lo sabemos…”, manifestó.

Agregó que debido a este motivo como Pueblo Guaraní de la Zona Karapari conformaron una comisión de monitoreo socioambiental con el objetivo de recabar mayor información sobre este problema, realizando un recorrido por las zonas afectadas y tomando testimonios de la gente del lugar, en especial en las comunidades de Mborebirenda (Cañitas), Ñaurenda (Río Negro), Arorenda (Arrozal), Ivoperenda (Mesada) y Guabiyurenda (Cañon Sauce).

“La mortandad y desaparición de una gran variedad de peces que se ha detectado desde los primeros días del mes de julio, como ser: churumas, mojarritas, sábalos, bagres, llausas, dentón, machete, torito, chukambe, anguila y otras especies como cangrejos y moluscos de río, que son una fuente importante de alimentos para las comunidades, se debe a la contaminación de las nacientes de los afluentes del río Itaú”. Sobre esta zona se han realizado desde hace varios años atrás, pero con mayor intensidad en los últimos meses, varios proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos, de los que no se conoce información precisa sobre sus operaciones.

martes, 11 de septiembre de 2018

Contra impacto climático Cipca promueve psicicultura en Guarayos

El Centro de Investigación y Promoción del Campesinado (Cipca), dentro su Propuesta Económica Productiva (PEP), alienta a que familias indígenas y campesinas, de diferentes regiones del país, adopten y practiquen la diversificación productiva para enfrentar los efectos adversos del cambio climático.

De esta manera, iniciativas de sistemas semi intensivos agropecuarios como la piscicultura y ganadería, tanto para el consumo familiar como para la venta; la implementación de los Sistemas Agroforestales (SAF) con la diversificación productiva de plátano, maracuyá, piña y cítricos, entre otros.

Además promueve la transformación del excedente de algunos productos de recolección como el cusi, el cacao, entre otros, permiten a estas familias –organizadas en asociaciones– avanzar en el proceso de consolidación de sus parcelas y a no depender de un solo rubro económico.

lunes, 10 de septiembre de 2018

Cría de peces, nuevo renglón en la economía de San Julián



La piscicultura es el nuevo sector productivo que se está imponiendo en el municipio de San Julián, jurisdicción geográfica de la provincia Ñuflo de Chávez, ubicada a 150 km al este del departamento, que se destaca en la agricultura con los cultivos predominantes de soya, maíz, frejol, arroz y, en menor grado, algodón, cítricos, plátanos y hortalizas, que son solo para el consumo familiar.

Mientras los agricultores culminan la siembra de invierno y la población sanjulianeña se viene acomodando al ordenamiento urbano que está llevando a cabo la Alcaldía, con la apertura de dos anillos de circunvalación y traslados de venteros ambulantes a un mercado central, más de una decena de familias se encuentran inmersas en la actividad piscícola, criando, sobre todo, la variedad de pacú; también están ensayando con surubí.

“Más adelante se hará la prueba con tambaquí, tambacú y dorado”, indicó el alcalde Faustino Copa Flores, que además de productor de soya y sorgo, se incorporó a la cría de peces.

San Julián incursionó en la piscicultura hace un lustro, luego de que, en un seminario durante una de sus ferias productivas, los agricultores se enteraran de las experiencias altamente positivas que se vienen obteniendo en este campo en varios puntos del país, incluso en regiones que cuentan con ríos donde se practica la alta pesca, como Riberalta, por ejemplo.

El primer paso lo dio la Alcaldía al instalar en su Centro de Capacitación Agropecuaria Municipal un experimento piloto de cría de pacú con alevines conseguidos en Trinidad (Beni) y en Santa Cruz. Ahora ya lo obtienen de una colonia menonita que se dedicó a esta labor, que vende cada pescadito a Bs l

“Ese plan piloto dio buenos resultados. Incluso hay productores que dejaron de sembrar soya para dedicarse a la cría de peces, porque realmente es rentable si se le dedica atención especial”, mencionó Roberto Churata, director de Desarrollo Económico y Productivo de la comuna.

“Ahora la actividad piscícola en esta parte de la provincia Ñuflo de Chávez se constituye en una importante alternativa económica para la región”, mencionó Faustino Copa.
En el Cecam prosigue la crianza de peces como apoyo a las familias que están incorporándose a este quehacer.

“Mi piscina es de 500 ejemplares, es pequeña. La rentabilidad se la ve en la hora de la venta. Normalmente se vende entre Bs 25 y Bs 30 el kilogramo. Y se obtiene mejor ganancia si se lo vende cocido, porque se lo divide en dos y se gana entre Bs 50 y Bs 60”, informó el alcalde.

En San Julián hay quienes tienen hasta 10 pozas de peces, con un promedio de 10.000 ejemplares
Tanto el Gobierno central como la Gobernación cruceña han venido implementando proyectos para mejorar las condiciones de producción de las especies que se cultivan en los estanques.

El autoabastecimiento de carne de peces frenó la dependencia de estos productos que se traen desde otros departamentos e incluso de Argentina, además que garantiza la seguridad en la conservación, porque se puede pescar y vender, o también cocer, de inmediato, sin estar sometido a la presión del tiempo ni al cuidado de la línea de congelación en los sistemas de transporte de larga distancia.

La Gobernación identificó como zonas acuícolas del departamento a Porongo, El Torno, La Bélgica, Warnes, Okinawa, Guarayos, Yapacaní y, ahora, San Julián.

domingo, 9 de septiembre de 2018

Reportan reducción de pesca masiva en el Pilcomayo

Desde el Programa de Conservación y Desarrollo de la Fauna (Codefauna) reportaron una reducción de pesca indiscriminada en el río Pilcomayo, pues intensificaron los controles a dos turnos en Villa Montes.

El técnico de Codefauna de ese municipio, Nataniel Ordóñez, explicó que se reforzaron los controles en la parte alta, que es donde especialmente se realiza la pesca del surubí, dorados, y también del preciado sábalo.
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“Como unidad se empezó a realizar operativos, tanto en las noches como en las mañanas. Hacemos un control y una revisión, tanto a la gente que extrae los peces con fines comerciales y deportivos, se midió peso y talla-comentó el funcionario-. Se identificó que la concentración de esos dos tipos de pescadores, se realizan los días jueves, viernes y sábado, desde las 18.00 a 01.00 horas del siguiente día, y de las 05.00 a 10.00 horas. Se hace un control más exhaustivamente en el río, porque la misma ley nos da más rigor para hacer operativos”.

En ese sentido, Ordóñez manifestó que con esos trabajos se redujo la extracción de peces con talla y peso inferior a lo permitido por las normativas. No negó que algunas personas hayan infringido esa disposición, pero fue cantidades pequeñas, no como la gente pensaba y se empezaba a alarmar.

Las denuncias que llegaron hasta esa instancia, sobre pesca indiscriminada, incluso llegó a analizar en convocar a las Fuerzas Armadas y Policía Boliviana para recorrer el Pilcomayo dentro de la jurisdicción de Villa Montes. En caso de tener denuncias específicas sobre infracción de la ley, llegar con el Ministerio Público.

El director de Medio Ambiente y Biodiversidad de la Gobernación, Adolfo Rueda, indicó que realizaron un monitoreo del río el 23 y 24 de agosto. Es así que prevén que entre el 15 y el 20 de septiembre inicie la veda en el Pilcomayo. Todo dependerá de los resultados que arrojen las inspecciones realizadas por Villa Montes y Yacuiba.

Sobre la reducción de peces en esta gestión, señaló que se debe a la falta de cantidad de agua en el río, lo que no permitió que suban cardúmenes en grandes cantidades.

lunes, 27 de agosto de 2018

Cien pozas piscícolas para Palos Blancos



El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras (MDRyT) apoya a piscicultores del municipio de Palos Blancos, La Paz, con la construcción de más de 100 pozas para la producción y crianza de pacú, tambaquí y otras especies.

La Institución Pública de Pesca y Acuicultura (IPD-PACU), dependiente del MDRyT, es la encargada de ejecutar los proyectos en el marco de un convenio interinstitucional suscrito entre la Alcaldía y productores de Palos Blancos en septiembre de 2017.

El director de la IPD-PACU, Slemen Loayza, informó que la entidad colabora con la prestación de servicio técnico, maquinaria pesada y capacitación de productores para aprovechar el potencial hídrico de la región para la producción piscícola.

“El convenio surge ante la necesidad de ampliar el espejo de agua para la producción de peces”, dijo Loayza, quien detalló que el objetivo fundamental del convenio es contribuir a la producción anual de más de 100 toneladas de peces en la variedad pacú y tambaquí.

Con el proyecto se benefician 54 familias de las asociaciones Buena Vista, El Sillar, ASOAPPB, La Cascada y Brech, que representan el 60% de los productores de la región.

Loayza indicó que el convenio se ampliará según las necesidades de las organizaciones productoras, campesinas y entidades gubernamentales, que tienen el propósito de cumplir con el mandato del presidente Evo Morales y la Agenda 2025, referidos a la Seguridad Alimentaria con Soberanía.

jueves, 21 de junio de 2018

Félix Huanaco: "Ser pesquero es un trabajo sacrificado"

Félix Huanaco, concejal del municipio de Toledo y pesquero, manifestó que dedicarse a la pesca no es tarea fácil, pues requiere de mucho sacrificio, empezando desde el cómo remar hasta la captura de los animales acuáticos.

Huanaco fue uno de los encargados de llevar a un grupo de periodistas hasta el lugar de la siembra de alevines que se desarrolló ayer en el lago Poopó, en el sector de Toledo.

En el trayecto que duró aproximadamente una hora y media, contó que los pesqueros se exponen a diferentes peligros como en cualquier trabajo, pero en muchas ocasiones el desenlace es la muerte.

Contó que cuando el lago tenía una profundidad mayor a dos metros, era riesgoso ingresar a pescar en la época de viento, puesto que muchas veces aparecían olas grandes que volteaban el bote y el pesquero se ahogaba.

Manifestó que él volvió a remar en el lago después de casi ocho años, pues desde el 2010 se dedicó a la vida política y dejó la pesca, pero siempre mantenía el anhelo de volver a ingresar al "Poopó".

Explicó que parece fácil el remar y dirigir un bote, pero no es así, pues requiere de mucho esfuerzo y habilidad para sobrellevar cualquier situación.

Mientras hablaba, se podía notar el cansancio que tenía, mostró sus manos en un momento que descansó y tenían callos, era por la fuerza que hacía para remar.

Al igual que el resto de los pesqueros, tiene la esperanza y augura que el "Poopó" incremente el espejo de agua y alcance una mayor profundidad para volver a esos días donde se tenía gran cantidad de peces.

miércoles, 18 de abril de 2018

Según monitoreo del CEPA Condiciones del agua en el "Poopó" son aptas para la crianza de pejerrey

Según el monitoreo del Centro de Ecología y Pueblos Andinos (CEPA), resultado de una visita desarrollada ayer al lago Poopó, se evidenció que las condiciones de agua son aptas para la crianza de pejerrey, esta actividad se efectuó de forma conjunta con el Servicio Departamental de Agricultura y Ganadería (Sedag) del Gobierno Autónomo Departamental de Oruro (Gad-Oru) y la autoridad originaria de los pueblos Uru, Llapallapani, Vilañeque y Tinta María, Pablo Flores.

Técnicos del CEPA del área de ingeniería ambiental, dieron a conocer que se hizo un análisis básico en el lugar, para valorar las condiciones de agua que permita la crianza de peces.

Los parámetros analizados incluyen temperatura que debe estar dentro el rango de 14 a 20 centímetros para la crianza de pejerrey, oxígeno disuelto que no debe sobrepasar 5 mil miligramos por litro, un pH (grado de acidez) que debe estar en un rango de 7 a 9, y rango de conductividad eléctrica que no debe superar los 10 mil microSiemens por centímetro.

Según los resultados del monitoreo de agua que realizó el CEPA, las condiciones son óptimas para la crianza de la especie pejerrey, puesto que el agua esta sobre los 15 grados centígrados, un oxígeno disuelto de 7,2 miligramos por litro, el pH es de 8 a 9 y la conductividad eléctrica es de 7.600 microSiemens por centímetro.

Asimismo, se valoró la cantidad de arsénico que tiene el agua, que puede incidir en la acumulación de metales pesados dentro los peces, según el análisis del arsénico, llega a 0.05 miligramos, el parámetro establece como nivel máximo permisible para consumo humano es de 0.01 miligramos, por lo cual se puede establecer ampliamente que las aguas del Poopó no son permisibles para consumo humano, sin embargo, si pueden acoger a peces.

En el informe resalta que se tendrían que realizar otros estudios que incidan en la cantidad de arsénico u otros minerales pesados que pueden acumular los peces, y los daños que podrían causar en la salud de quienes se alimentan con estas especies.

Estos análisis se hicieron a una distancia de 1,5 kilómetros del borde Este del lago Poopó, en el municipio Poopó y con una profundidad de agua de 25 a 30 centímetros.

A pesar de las buenas condiciones en que se encontraría el agua para la crianza del pejerrey en el lago Poopó, también incide para garantizar la vida de este espacie, la profundidad, puesto que se requiere de un espejo de agua superior a los 50 centímetros.

Al respecto, la autoridad originaria de los tres pueblos de Urus, Vilañeque, Tinta María y Llapallapani, Pablo Flores, aseveró que junto a los técnicos de la Gobernación, se hizo el recorrido en bote a una distancia de seis kilómetros del borde, donde se evidenció que existe una profundidad de 70 centímetros, no obstante sostuvo que en el sector de la Isla de Panza, que es el más profundo estaría llegando a un aproximado de 2,5 metros.

Mencionó que podría garantizarse la crianza de pejerrey en el lago Poopó por lo menos por tres años, en caso que no lloviera este año ni el próximo, el lago podría reducir su nivel considerablemente y si se tuviera lluvias, la vida de los peces se garantizaría por seis años.

jueves, 29 de marzo de 2018

Más de 20 kilos Decomisaron pescados de cola amarilla

En operativos realizados durante los días anteriores al inicio de la Semana Santa, la Intendencia municipal logró decomisar más de 20 kilos de pescado de cola amarilla, producto que está prohibida su venta, debido a que no cuenta con la autorización de Senasag, según la autoridad de dicha instancia, capitán Ruddy Saavedra.

De acuerdo con el proceso de control y un cronograma coordinado, se ha efectuado un recorrido por los diferentes sectores de expendio de productos, especialmente de la región del lago Titicaca, como son las distintas especies de pescado, donde se ha podido verificar que este pescado de cola amarilla estaba siendo vendido por algunos comerciantes sin tener la autorización correspondiente por parte de Senasag.

Este pescado entra desde Perú vía contrabando sin que exista control de autoridades sanitarias, por el precio bajo algunas familias adquieren este producto sin saber si son aptos para el consumo humano.

"Es un proceso de control que estamos efectuando en estos días especialmente, porque sabemos que la internación de productos como el pescado de cola amarilla es de manera ilegal desde Perú, el mismo que de acuerdo con las normas de Senasag, no es apto para el consumo, porque no tiene la certificación sanitaria ni siquiera en el mismo país de origen de este producto", explicó la autoridad.

PRECIOS

Con relación a los precios que implementan los comerciantes en la venta de las diferentes especies, la autoridad de la Intendencia capitán Saavedra, indicó que a pesar de que es complicado controlar este tema, debido a la oferta y la demanda, se tiene previsto realizar constantes operativos con la finalidad de que no se eleven los precios de manera exagerada.

Para el efecto se tiene previsto el control por grupos del personal de la Intendencia y con el apoyo de la Guardia Municipal y el personal civil que como todos años se distribuye en los diferentes centros de abasto de la ciudad de El Alto, como los mismos mercados que por esos días exponen en las ferias barriales.

PESO

Mientras que para controlar el peso justo y no solamente para estos productos, sino de varios otros que son característicos de estas fechas de Semana Santa, la Intendencia acordó implementar balanzas electrónicas, donde la ciudadanía pueda acudir en casos de reclamos en este tema, para lo cual en estos lugares donde se encuentren estos aparatos se encuentren personal de la Intendencia para el respectivo control.

INOCUIDAD

En cuanto a la manipulación de alimentos de la misma manera se tiene previsto el control en las diferentes ferias donde se expende comida, donde se deberá controlar especialmente el tema de la higiene, con personal especializado en inocuidad alimentaria del municipio.

"En este tema nosotros debemos tener el máximo de los cuidados, debido a que se trata de la salud de la ciudadanía, por lo que el control en ferias momentáneas por estos días de Semana Santa y aquellos sitios entre sábado y domingo suelen aparecer comerciantes el control será de forma estricta", aseveró la autoridad edil.

Los trabajos que en estos días de Semana Santa, tendrán a su cargo son más de 150 efectivos de la Intendencia Municipal con apoyo de la Guardia edil, desde hoy Jueves Santo hasta el Domingo de Pascua.